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Comision Regional > Conferencias Regionales>17°
Conferencia Regional>Recomendaciones |
17ª
Conferencia de la Comisión Regional de la OIE para
las Américas
Panamá
16 al 19 de Noviembre de 2004 |
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Recomendación
n.° 1
Comunicación del riesgo |
CONSIDERANDO QUE
La comunicación del riesgo es una etapa integral
del proceso del análisis de riesgo y es la
base de la transparencia requerida en la aplicación
de medidas sanitarias,
Una comunicación del riesgo eficaz requiere
de una estrategia que identifique la audiencia a la
cual se quiere comunicar el mensaje, la fuente y el
canal de comunicación más eficiente,
Varios países han desarrollado directrices
para la comunicación del riesgo,
El grupo Ad hoc sobre Análisis de Riesgo de
esta Comisión Regional ha revisado los capítulos
del Código relativos al análisis de
riesgo incluyendo el artículo 1.3.2.7 sobre
comunicación del riesgo y ha propuesto ciertas
modificaciones incluyendo el desarrollo de un artículo
relativo a los componentes de la comunicación,
El artículo 1.3.2.7 considera la crítica
científica como parte del proceso de comunicación
del riesgo y que es deseable que se cuente con un
mecanismo predeterminado para que los estudios de
análisis de riesgo sean sometidos a una crítica
científica por expertos imparciales,
LA COMISIÓN REGIONAL DE LA OIE PARA LAS AMÉRICAS
RECOMIENDA QUE
1. Se modifique el encabezado del artículo
1.3.2.7 de la versión en español del
Código para que lea: “principios de la
comunicación sobre el riesgo” y que se
reemplace la palabra información por comunicación
en el resto del texto en concordancia con la versión
en inglés. La versión en español
utiliza el término información sobre
el riesgo para referirse indistintamente a comunicación
o información de la versión en inglés.
2. La OIE convoque un grupo Ad hoc con las siguientes
acciones a desarrollar:
a) Elaborar una propuesta de adición de un
artículo 1.3.2.8. sobre componentes de comunicación
del riesgo.
b) Elaborar una guía sobre principios de comunicación
de riesgo para uso de los países.
c) Desarrollar directrices para la crítica
cientifica de estudios de análisis de riesgo
por parte de expertos imparciales
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Recomendación
n.° 2
Enseñanza Veterinaria
Responder a las Necesidades de los Servicios Oficiales
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CONSIDERANDO QUE
La racionalización del gasto en el sector público
de la mayoría de los países de las Américas,
está provocando dificultades en muchos de ellos,
por disminución de personal en los Servicios
Veterinarios Oficiales,
El incremento de la demanda en las actividades es permanente
en función de las exigencias de los mercados
compradores de la producción pecuaria y por la
presentación de enfermedades hasta el presente
exóticas,
En todos los países hay una buena oferta de profesionales
de ejercicio libre, con capacidad disponible,
Los centros de formación de pre y postgrado representan
la fuente de provisión para la función
pública o el ejercicio libre de la profesión,
Es imprescindible asociar las necesidades de los Servicios
Oficiales a los programas de formación profesional,
existiendo una completa disposición para discutir
esas necesidades,
La formación del nuevo profesional deberá
responder a una demanda no sólo nacional, sino
teniendo en cuenta la problemática global,
La OIE y sus normativas representan, para la determinación
de la condición sanitaria y la inocuidad de los
productos de origen animal, reglas de gran valor a seguir
por los países y que las mismas deben ser conocidas
por toda la profesión Veterinaria,
Además establece en el Código Terrestre
que el ejercicio libre de la profesión complementa
la acción de los servicios Oficiales
LA COMISIÓN REGIONAL DE LA OIE PARA LAS AMÉRICAS
RECOMIENDA QUE
1. Los Servicios Veterinarios Oficiales tomen la iniciativa
de establecer alianzas estratégicas con las autoridades
de la enseñanza Veterinaria, tendiente a discutir
la factibilidad de que éstas realicen adaptaciones
de los programas de formación de nuevos profesionales
contemplando las necesidades de los Servicios Oficiales.
2. Esas necesidades de los Servicios Oficiales se deben
basar en las normas y regulaciones de GIE como forma
de facilitar la aplicación armónica.
3. En base a esa adecuación y normas al respecto,
se promueva la participación del ejercicio libre
de la profesión en actividades delegables, que
hoy se cumplen en su totalidad por la función
pública.
4. Esa participación debe sustentarse en normas
de ética y disciplina profesional reguladas y
garantizadas por Registro estatutario y opcionalmente
por acreditación.
5. Para estandarizar la relación del Profesional
con el Servicio Oficial, es conveniente elaborar por
un grupo creado al efecto, las bases y formato de contratos
que permitirán cumplir con esta propuesta
6. Los Servicios Veterinarios Oficiales impulsará
la integración entre las Escuelas de Veterinaria
y las Escuelas de Medicina para promover la educación
en las áreas de zoonosis, inocuidad de alimentos,
epidemiología y otras tendientes a fortalecer
los principios de salud pública.
7. Se promueva el intercambio de experiencias y la
cooperación en los Países Miembros tanto
de los Servicios Oficiales como de las Escuelas Veterinarias.
8. Se creen oportunidades para la cooperación
con el Centro Colaborador de la GIE en Lyon (Francia),
para estimular el entrenamiento avanzado.
9. Se promueva un mejor uso de las herramientas electrónicas
para desarrollar la competencia necesaria entre emprendimientos
públicos y privados y para orientar las tendencias
actuales y futuras en la materia
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Recomendación
N° 3
Simplificación del sistema de categorización
de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) y
nuevos mecanismos de vigilancia y de monitoreo para la
EEB adaptados a la estructura y a la dinámica de
la población ganadera nacional |
CONSIDERANDO QUE
Durante la 71a Sesión General en Mayo 2003,
el Comité Internacional adoptó la Resolución
No. XXII, encargando al Director General tomar las medidas
necesarias para someter a la 72a Sesión General
un proyecto de propuesta para una simplificación
de categorías para la situación sanitaria
de los Países Miembros con respecto a la EEB,
La Comisión del Código de la OIE organizó
una reunión de un grupo Ad hoc de expertos de
la EEB para dirigir una solicitud del Comité
Internacional para simplificar el sistema actual de
categorización en el Código Terrestre
y considerar sugestiones de los diferentes Países
Miembros con puntos de vista alternativos,
El grupo Ad hoc de la EEB que se reunió en Abril
de 2004, recomendó reemplazar el sistema actual
de categorización por uno nuevo, que agrupe los
países en las siguientes tres categorías:
riesgo insignificante de EEB, riesgo controlado de EEB,
riesgo indeterminado de EEB.
Durante la 72a Sesión General en Mayo 2004,
la OIE solicitó que los Países Miembros
envíen sus comentarios a la OIE para dar a la
Comisión del Código algunas indicaciones
referentes a la dirección en la cual se debe
trabajar. Asimismo, la OIE recordó que además
de la prioridad de un enfoque simplificado de la categorización
de cada país en el capítulo de la EEB,
se incluyó la revisión del apéndice
de vigilancia de la EEB en el programa de trabajo de
la Comisión del Código de la OIE,
LA COMISION REGIONAL DE LA OIE PARA LAS AMERICAS
RECOMIENDA QUE LA OIE
1. Continúe con el desarrollo de la propuesta
para reemplazar la actual categorización de la
EEB por un sistema estableciendo las siguientes tres
proposiciones de categorías: riesgo insignificante
de EEB, riesgo controlado de EEB, riesgo indeterminado
de EEB,
2. Continúe con el desarrollo de la lista de
productos comercializables que no requieren considerar
la situación del país exportador con respecto
a la EEB. Así mismo continuar el trabajo para
precisar las medidas aplicables a los productos que
si dependen del estatus sanitario del país exportador
3. Tomando en cuenta los avances científicos,
continúe mejorando el Apéndice sobre vigilancia,
con sus recomendaciones directamente ligadas a los sistemas
de producción, y proporcionales a los resultados
de la evaluación del riesgo, de acuerdo con el
Artículo 1.3.6 del Código Terrestre.
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Recomendación
n° 4
Funcionamiento de Comités y Grupos ad hoc en el
ámbito de las Comisiones Regionales de la OIE |
CONSIDERANDO QUE
La Comisión Regional de la OIE para las Américas
ha identificado la necesidad de realizar un trabajo estrecho
entre Asociaciones con alcance Regional o Continental
de productores primarios o sectores industriales pecuarios,
a los efectos de conocer más las necesidades y
propuestas de estos sectores en el ámbito del mandato
de la OIE.
No existe un procedimiento dentro del Reglamento General
de la OIE, porque no cuenta con ninguna especificación
en este tema.
LA COMISIÓN REGIONAL DE LA OIE PARA LAS AMÉRICA
RECOMIENDA QUE
1. Se introduzca el siguiente texto, en el Capitulo
III del Reglamento General de la OIE como Articulo 18:
“La mesa de la Comisión Regional, en acuerdo
con el Director General, podrá, con base en las
prioridades sanitarias de la región, establecer
comités y grupos ad hoc, que se aboquen al análisis,
discusión y desarrollo de propuestas en temas
específicos de su competencia, que serán
sometidas a la Comisión Regional para su aprobación
y elevación, en su caso, al Comité Internacional,
a través de sus procedimientos específicos."
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