Conclusiones
a. Declaración oficial de la OIE sobre estatus
de países o zonas de la enfermedad de Newcastle
Se propone un procedimiento para que la OIE declare oficialmente
la situación sanitaria de los Países o zonas para
la enfermedad de Newcastle como lo hace actualmente para la fiebre
Aftosa, BSE, Peste Bovina y Pleuroneumonía Contagiosa,
debido a la importancia que tendrá esta declaración
oficial para ayudar al Comercio Seguro y mejorar además
la situación sanitaria de los Países Miembros.
Se ha discutido una propuesta de procedimiento para
enviar a la OIE, que será analizada por los Países
para tener una versión definitiva en la próxima
reunión de CISA en Noviembre 2006.
Asimismo, se ha redactado un proyecto de nota que se propondrá
a cada uno de los Jefes de Servicios Veterinarios de América
la envíen a la OIE para que el Comité Internacional
le de el mandato a la OIE.
Se ha elaborado un borrador de protocolo que deberá
ser completado por los Países Miembros que deseen solicitar
a la OIE sean declarados oficialmente de su situación sanitaria
relativa a la enfermedad de Newcastle. Este documento incluye
los aspectos que deben informarse y tener en cuenta para completar
las informaciones que deben ser remitidas a la OIE. Los aspectos
que se deben incluir para considerar el concepto de zona serán
aportados por Colombia.
Se ha propuesto el siguiente procedimiento:
1) El país envía a la OIE una solicitud
para ser declarado libre en su País o zona, de acuerdo
a los estándares de la OIE, completando el Protocolo propuesto
a la OIE.
2) El Grupo Ad hoc de Enfermedad de Newcastle de la OIE analiza
el documento del país
3) Auditoria, la OIE envía una misión de auditoria
al país para verificar la situación sanitaria de
acuerdo a la solicitud remitida y a los Estándares de la
OIE.
4) Informe de auditoria, este informe es enviado
a la Comisión Científica. La Comisión Científica,
analiza el informe del Grupo ad hoc y el informe de la Auditoria,
de acuerdo a esto, podrá requerir información adicional,
o enviarla al director General para que realice el proceso de
comentarios públicos de 60 días.
5) Comentarios Públicos Internacionales:
La solicitud del país es enviada a comentarios internacionales
por la OIE por un periodo de 60 días.
6) Comité Internacional: El Comité
Internacional considera la propuesta del país para incluirlo
en la lista oficial para la ENC.
7) Recuperación de estatus: En caso de foco,
la recuperación de estatus se realiza de acuerdo al Código
y la solicitud deberá seguir el mismo procedimiento, pero
será la Comisión Científica la que decide
la restitución del estatus.
8) Relacionado a los aspectos de la aplicación
del concepto de Compartimiento para enfermedad de Newcastle, se
formará un grupo de trabajo integrado por Estados Unidos,
Canadá, Brasil y México para elaborar una propuesta
técnica.
b.- Grupo de trabajo de Código y Manual:
Se presento un análisis de las posibles modificaciones
al Código y Manual. Un documento con el detalle de las
partes del Código y Manual de la OIE será enviado
a los miembros del CISA, para comentarios. El documento tendrá
una Estructura en cada sección a modificar que será
la siguiente:
a) texto vigente en el Código y Manual
b) propuesta del nuevo texto modificado
c) justificación de la propuesta de modificación
c.- Taller sobre enfermedad de Newcastle
Se realizará en Colombia, los días
14 y 15 de Noviembre, previo a la próxima reunión
de CISA en donde se analizará la propuesta final de revisión
de Capítulos de Newcastle y armonización de protocolo
para País y zona; la participación será de
Dra. Cora Espinoza, y del Dr. Miguel Angel Marquez y se propone
algún experto en temas de diagnóstico y otro en
epidemiología además del Dr. Schudel y Dr. Jorge
Caetano
d.- Bienestar animal.
Se va a circular el documento elaborado para poder
tener comentarios para la próxima reunión de CISA.
e.- Próxima reunión
Se realizará en Ciudad de Bogota, Colombia el 16 y 17 de
Noviembre